miércoles, 5 de enero de 2011

Reglamentaron la ley que prohíbe las lámparas incandescentes de uso residencial en Argentina

El día 28 de diciembre de 2010, el gobierno argentino reglamentó la ley que prohíbe la comercialización e importación de lámparas incandescentes de uso residencial en todo el territorio de la República Argentina. Esta medida fue promovida a principios de 2008 por Greenpeace y adoptada por el Gobierno que la transformó en un proyecto de ley que envió al Congreso. A finales de ese año la Ley fue finalmente sancionada.

Mediante el decreto 2060/2010 publicado en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo estableció las excepciones a la prohibición de la importación y comercialización de lámparas incandescentes de uso residencial establecida por la Ley 26.473. Sin embargo, el artículo 3 del Decreto pospone la fecha de entrada en plena vigencia de la Ley del 31 de diciembre de 2010 al 31 de mayo de 2011.

La prohibición de las bombitas se trata de una gran medida de eficiencia energética que permitirá a todos los argentinos ahorrar y darle a la energía un uso más responsable. El reemplazo total de las bombitas tradicionales significa una reducción muy importante en el consumo eléctrico; cada cambio de lámpara representa un ahorro de energía de alrededor del 80%.

La eficiencia energética es fundamental para evitar un cambio climáticofuera de control. El ahorro energético implica utilizar menos petróleo o carbón para generar energía ya que Argentina todavía depende de estas fuentes contaminantes para su consumo eléctrico. Con esta Ley se reducirá una parte de las emisiones de gases de efecto invernadero que provocan el calentamiento global.

La prohibición de la venta de lámparas incandescentes es un cambio tecnológico imprescindible en relación a la eficiencia energética. El reemplazo de lámparas previsto para este año que empieza representa un ahorro de energía aproximado al que generarían cuatro plantas atómicas como Atucha I.

Si bien la Ley entra en plena vigencia a partir de la reglamentación, la prohibición total de la comercialización de las lámparas incandescentes comenzará el 31 de mayo de 2011, desde entonces la iluminación residencialen nuestro país será mucho más eficiente.

Por otro lado quedan fuera de la prohibición las lámparas incandescentescuya potencia sea igual o menor a veinticinco vatios (25 W), y aquellas cuyatensión nominal sea igual o menor a cincuenta voltios (50 V), independientemente de la terminación de la ampolla de la lámpara.

Reglamentaron la ley que prohíbe las lámparas incandescentes de uso residencial en Argentina. Leyes, reglamentos y políticas, ahorro energético.

Fuente: Greenpeace (www.greenpeace.org)

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